1.- ADMINISTRACIONES DEMOCRÁTICAS
- Defendemos que la descentralización del Estado es la mejor
garantía de unos servicios más cerca de los ciudadanos. Por eso nos comprometemos
a exigir la derogación de
la Ley anti-Ayuntamientos del PP. Los
Ayuntamientos necesitan más financiación, más trasparencia y más democracia, no
menos. Por eso proponemos devolver competencias a los Ayuntamientos y
establecer una Ley de Administración Local y una de Financiación Local que
garanticen la suficiencia económica de los municipios y sus competencias.
- Democratizar los Ayuntamientos para
asegurar la trasparencia en la toma de decisiones, la participación de las
minorías y el control ciudadano.
2. DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
No queremos gobernar por delegación, sino con participación.
La participación ciudadana se constituye en el eje vertebral y trasversal de
nuestra propuesta, que se fundamenta en el convencimiento de que a mayor participación,
mayor democracia.
Desde la Administración se debe trabajar conjuntamente con
la sociedad civil y trabajar porque la gente participe. No debemos dejar el
control democrático a banqueros o empresas y, por ello, queremos impulsar desde
el ámbito municipal procesos de intervención directa en las decisiones que se
toman en los municipios.
Establecer mecanismo de consultas populares o referéndums
para asuntos de trascendencia municipal.
Fomentar la participación ciudadana en
la gestión de los bienes y servicios públicos, que permita a la ciudadanía
participar en la elección de los modelos de organización, funcionamiento y
definición de objetivos de los servicios públicos. El ejercicio de este derecho
se puede realizar a través de mecanismos como; la asistencia con participación
a los plenos, la creación de un espacio abierto de atención a la ciudadanía que
funcione como vehículo de unión con la
administración. Así como fomentar y valorar las asambleas de barrio, los
consejos autónomos municipales o los observatorios populares.
Con
el fin de impedir la desafección ciudadana hacia la política, el acercamiento
directo es una de nuestras prioridades creando las vías que sean necesarias.
Ejemplo de ello será la rendición de cuentas de toda y cada una de las
actividades municipales.
Defendemos la participación de los ciudadanos/as y de los
trabajadores/as en los órganos de dirección de los organismos autónomos o
empresas públicas.
Revocabilidad de los cargos públicos o moción de censura
ciudadana de los alcaldes y concejales. El procedimiento de revocación se
podría poner en marcha transcurrida la mitad del período para el cual fue
elegido el cargo público, por un número no menor del veinte por ciento de los
electores o electoras de la circunscripción. Una vez conseguidas las firmas
suficientes se sometería a votación popular la propuesta de revocación.
3.
MEDIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN
Los corruptos tendrán que asumir los costes directos e
indirectos que reportan de sus acciones delictivas: aquello evadido o dañado,
perjuicios a terceros, costes de restitución del derecho lesionado y costes
judiciales.
Control estricto del absentismo de
los cargos electos en sus respectivas responsabilidades. Sanciones específicas
por dejación de funciones.
Los salarios de los representantes electos no pueden exceder
el triple del Salario Mínimo Interprofesional.
Eliminación de los complementos por cargo.
Pago de los gastos justificados en base a los desplazamientos. Impedir la
acumulación de dietas. El cobro de dietas se hará en función de la asistencia a
las reuniones o plenos de los órganos de los que se forma parte y de una
cuantía ajustada a la dedicación que requiere. Eliminación de los planes de
pensiones privados u otras prestaciones otorgadas por el hecho de ser cargo público
y que sean pagados con cargos a los presupuestos de cualquier institución pública.
Limitación en el desempeño de los cargos a un máximo de ocho
años.
Eliminación de la inmunidad asociada
al cargo en lo relativo a los delitos de corrupción. Imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.
Publicación
obligatoria del patrimonio de todos los cargos públicos.
Regulación estricta de incompatibilidades durante el
ejercicio de cargos públicos para
evitar la simultaneidad con la participación en entidades
privadas.
Una incompatibilidad radical para la gestión y
contratación del sector público por
empresas que cuenten en sus órganos de gestión o abonen
cualquier tipo de servicio a
quienes, como gestores o responsables del sector público, hayan
trabajado en la
Administración los tres años anteriores.
Impedir que en los tres años siguientes al
cese de sus funciones puedan ejercer
funciones en empresas privadas o
prestar servicios remunerados en las mismas que
desarrollen actividades en los sectores en que desplegaron
directamente
responsabilidades en el ejercicio de su cargo, cuando las
empresas hayan sido objeto
de privatización o se beneficien de contratos públicos de
servicios externalizados,
ayudas
financieras o ventajas fiscales de naturaleza contractual.
Medidas contra el transfuguismo. El transfuguismo es
uno de los peores descréditos
para la vida política y una deformación de la voluntad
popular. Por ello, IU no admitirá
en sus listas un miembro integrado en la candidatura de otra
formación, mientras
mantenga
el cargo conseguido en su partido original.
Limitación en el número de asesores designados
por los miembros del gobierno municipal, que serán nombrados bajo los
principios de transparencia tanto en la elección como en sus retribuciones.
Reforma de la Ley de Contratos del Sector Público para
limitar las revisiones de los
precios de la contratación, evitar las divisiones
injustificadas de los contratos e
incorporar las garantías y reformas establecidas por la
Unión Europea.
Las contrataciones
se realizarán a través de comisiones específicas, cuyo
funcionamiento será transparente, sus decisiones públicas y
en las que participarán los
representantes de todos los grupos municipales. Sus
componentes tendrán acceso
a los expedientes de contratación.
Nueva regulación económica del régimen de gestión indirecta
del sector público en
cualquiera de sus modalidades, modificando sustancialmente
los sectores a los que
pueda acceder, condiciones de licitación, los sistemas de
control, actualización de
costes, etcétera.
Exigiremos vía moción una reforma de la Ley de Bases de
Régimen Local, de la Ley de Gobierno local y de la Ley de financiación de las
Haciendas Locales, para que todos los alcaldes y concejales tengan la
obligación de depositar su declaración de bienes e intereses en un
registro público; para que a partir de cierto importe económico o más de
un año de duración, las licencias, convenios y contratos -especialmente
los contratos de obras y servicios de larga duración (agua, residuos, seguridad,
espacios públicos)- sean adoptados por el Pleno municipal y no se limite
su decisión al debate en la comisión de gobierno, en la que no está
representada la oposición; y para que todos los grupos municipales estén
representados en las empresas públicas y en las mesas de contratación.
Aplicación de la Disposición adicional novena de la Ley de
Suelo, mediante la creación
en todos los Municipios, de un Registro de Actividades y de
un Registro de Bienes
Patrimoniales de cada cargo público, las variaciones
producidas durante el período del
ejercicio del cargo, con una declaración final con ocasión
del cese y al terminar el
mandato. La Ley de Suelo debe clarificar y armonizar las
competencias, reducir plazos,
simplificar las normas y los procedimientos urbanísticos y
hacerlos más transparentes
y accesibles, evitando toda discrecionalidad. Fijación de
precios máximos de venta del
suelo.
Incremento de la fiscalidad de las plusvalías obtenidas.
Medidas de sujeción de las plusvalías de urbanismo al interés general, de tal
modo que los beneficios derivados de las recalificaciones de suelo y del
aumento de la edificabilidad reviertan en beneficio de la sociedad. Ayudarnos del contacto con especialistas y
profesionales del ámbito universitario-científico, que conocen y trabajan sobre
y en contra de la corrupción y el crimen organizado.
Inspección sistemática de Hacienda al alcalde y concejal de
urbanismo de nuestro Ayuntamiento.
Establecer, por plazo
de cinco años, un registro público de actividades profesionales de
miembros del Gobierno Municipal, altos cargos, así como
gestores públicos que cesen en el desempeño de sus funciones.
Prohibición de percibir obsequios o invitaciones por parte
de contratistas de la institución. Los obsequios serán rechazados o entregados
a la institución.
Apostamos por una función pública profesionalizada,
por lo cual se deberán limitar
los puestos de libre designación a los estrictamente
necesarios, se favorecerá una
carrera profesional basada en los principios del mérito y
capacidad, generalizándose el
sistema de concurso como instrumento de provisión de
puestos, Acabar con el
clientelismo que se produce en la asignación de puestos
directivos de libre designación
y con el ejército de asesores que rodea a los altos cargos,
que supone la creación de
administraciones paralelas.
4. TRANSPARENCIA
En una verdadera democracia sólo es posible una auténtica
participación por parte de la
ciudadanía si ésta puede acceder en igualdad de condiciones
a todo tipo de información que se encuentre en poder de cualquier autoridad
pública o de cualquier entidad privada que realice funciones públicas. La mejor
herramienta para garantizar el pleno reconocimiento y ejercicio de este derecho
es la existencia de una ley específica de acceso a la información.
El derecho de acceso a la información es un derecho
fundamental de toda persona,
que debe poder ejercerse sin necesidad de justificar las
razones por las que se solicita
la información.
- El derecho de acceso a la información se aplica a todas
las entidades públicas, a todos
los poderes del Estado y a todas aquellas entidades privadas
que realicen funciones
públicas.
- El derecho de acceso a la información se aplica a toda la
información elaborada,
recibida o en posesión de las entidades públicas, sin
importar cómo esté almacenada.
- Principio de publicidad de la información: el secreto y la
denegación de la información
son la excepción y sólo podrá fundamentarse en razones muy
específicas, como la
seguridad nacional o la investigación de delitos.
- Las entidades públicas, a iniciativa propia, deben poner a
disposición del público
información básica y esencial sin que sea necesario realizar
una solicitud.
5. UN PUEBLO CON MEMORIA
Impulsaremos vía moción la creación y el respeto de Ley
de Memoria Democrática de Castilla La Mancha que recuerde y dignifique la
memoria de las víctimas del franquismo, restituyendo los derechos perdidos
por ellos y sus descendientes, ya que es una necesidad democrática, porque la
democracia no será plena en nuestro país hasta que no se reconozca el pasado
negro de nuestra historia y se tribute el homenaje que se merecen los
hombres y mujeres que se enfrentaron a él. Así como también propondremos
que en los
municipios de nuestra Región se quite de nuestras calles y
plazas cualquier referencia
honrosa al pasado franquista que hemos padecido en nuestro
país.
Apoyo y reconocimiento a las organizaciones ciudadanas que
trabajen por el reconocimiento y la difusión de la memoria de nuestra ciudad,
como por ejemplo Ciudadanos por la República y otras.
Los actos oficiales no tendrán carácter confesional, respetando
así la libertad de conciencia, en fin,
el pluralismo ideológico. Impulsaremos la laicidad en la administración.
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