MOCIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS.-
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con fecha once de febrero de dos mil diez, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cuenca, ha aceptado el planteamiento del Ayuntamiento, en el sentido de esperar, en relación a la ejecución de diversas Sentencias, la resolución de todas aquellas impugnaciones planteadas actualmente contra las mismas.
En lo referente a las sentencias números 145 y 211 de la Sala de Albacete, las impugnaciones consisten en la presentación por parte de algunos trabajadores, de recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional por una presunta vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, debido a la "falta de emplazamiento a los interesados en el transcurso del procedimiento judicial".
Ello porque se entiende que las Sentencias recaídas en primera instancia como las recaídas tras los recursos de apelación a las mismas, deberían haberse notificado a todos los interesados.
Se debe entender, que interesados en estos procedimientos, son todas aquellas personas que se presentaron a los procesos selectivos que dieron lugar a las mencionadas Sentencias números 145 y 211.
Esta suspensión ha sido dictada, a pesar de que el T.S.J. de CLM en autos 377/09 y 59/10, de fechas veintitrés de septiembre de dos mil nueve y cuatro de febrero de dos mil diez, ha rechazado la nulidad de actuaciones, desestimando los incidentes de nulidad planteados por una presunta falta de emplazamiento o de audiencia a los trabajadores afectados y por lo tanto de una presunta vulneración del derecho de defensa.
Y también a pesar de que en la sesión plenaria de cuatro de enero de dos mil diez, en la que se adopto el acuerdo de solicitar al Juzgado la suspensión, se ha reconocido expresamente y así figura en el acta correspondiente, que tras las sentencias en primera instancia, "los entonces responsables del equipo de gobierno se reunieron con los trabajadores porque se podía producir lo que se produjo después, el empecinamiento de los recursos de Comisiones Obreras y les advirtieron de que era posible que esos recursos prosperasen o no. Pero era posible que prosperaran y los trabajadores junto al equipo de gobierno decidieron seguir para delante con los procesos selectivos. Eso tiene que quedar meridianamente claro."
Igualmente hay que mencionar, que en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local que realiza los nombramientos de los funcionarios, se hace referencia expresa a “las resoluciones judiciales pendientes de dictarse”.
Por todo ello, el Ayuntamiento de Cuenca en sesión plenaria adopta el siguiente acuerdo:
El Ayuntamiento de Cuenca, a través de los órganos competentes en materia de personal, inmediatamente que exista pronunciamiento del Tribunal Constitucional en cualquier trámite que lleve a cabo sobre los recursos de amparo interpuestos y que se mencionan en la presente Moción, lo pondrá en conocimiento inmediato de los grupos políticos del Ayuntamiento de Cuenca y los comunicara igualmente a todos los ciudadanos y ciudadanas que se presentaron a los correspondientes procesos selectivos que dieron lugar a las Sentencias números 145 y 211 del TSJ de CLM, a fin de que puedan personarse en los correspondientes procedimientos, si así lo consideran oportuno, en defensa de sus legítimos intereses, dándoles a conocer expresamente el contenido de todas las resoluciones que vaya adoptando el Tribunal Constitucional en los correspondientes procedimientos.
1 comentario:
PSOE y PP no quieren tratar por igual a las personas que acuden a la Oferta de Empleo Público que realiza el Ayuntamiento de Cuenca, ya que hoy se han negado a apoyar esta moción que lo único que pide es igualdad de oportunidades de todos los afectados en el proceso mencionado, igualdad de oportunidades para defenderse de una injusticia cometida por el propio Ayuntamiento según ha reconocido el Triunal de Justicia en las sentencias citadas. Todas las personas que se presentaron en dicho proceso selectivo están implicadas y sin embargo no han querido reconocerlo acusando a IU de no defender a los trabajadores, como si los que no pasaron no fueran o no hubieran popido ser trabajadores si las bases hubieran sido correctas, los tribunales legales y la puntuación equitativa...¿por qué será que se oponen ambos partidos?
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